Acuerdo CECHA 2016

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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Expediente N° 1706808/16


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 10:30hs. Del día 1 de abril de 2016, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - Direccion de Negociacion Colectiva ante el Sr. Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales N° 1 Dr. Jaime Colombres Garmendia, comparece por la parte sindical, por el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS (SOESGYPE), representando en este acto por Carlos ACUÑA, PABLO HERNAN MARTINEZ, y la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS DE AUTOS Y GOMERIAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOESGRA), representada por Carlos ACUÑA, Juan Pedro FIORANI, Marcelo GUERRERO, todos ellos con el patrocinio del Dr. Pablo R. VELEZ, y por la CONFEDERACIÓN DE ENTIDADES DE COMERCIO DE HIDROCARBUROS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA comparece Carlos GOLD en su carácter de Presidente y miembro paritario, Osvaldo GONZALEZ y ROBERTO MARTINEZ todos ellos en su carácter de miembros paritarios y el Dr. José Guillermo LEGO en su carácter de apoderado.

Declarado abierto el acto, el funcionario actuante y cedida la palabra a ambas representaciones manifiestan que: vienen en este acto en forma espontánea a ratificar en todo y cada una de sus partes el acuerdo arribado en forma directa obrante a fs 2/6 junto con sus planillas salariales del expediente N° 1713387/16 agregado como fs 5 al principal en el marco del CCT N° 371/03. Por último solicitan a la Autoridad de Aplicación a homologación del mentado acuerdo.

Visto el estado de las presentes actuaciones, el funcionario actuante remitirá el expediente referencia a la Asesoría Técnico Legal a fin de que emita opinión al respecto.

No siendo para más, se da por finalizado el acto siendo las 11:00 horas, firmando los presentes en plena conformidad para el actuante que rectifica.



En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 1° días del mes Abril de 2016, comparecen por la parte sindical el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO Y G.N.C., GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO Y LAVADEROS (SOESGYPE), representando en este acto por CARLOS ALBERTO ACUÑA, SERGIO CANTERO, PABLO HERNAN MARTINEZ, WALTER ACUÑA y la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO, LAVADEROS DE AUTOS Y GOMERIAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (FOESGRA), representada por CARLOS ALBERTO ACUÑA, ANDRÉS DOÑA, MARCELO GUERRERO, y por la parte empleadora la CONFEDERACIÓN DE COMERCIO DE HIDROCARBUROS Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA ENTIDADES DE COMBUSTIBLES (CECHA), representada en este acto por CARLOS GOLD en su carácter de presidente y Guillermo Lego en su carácter de gerente.

La representación empresaria (CECHA) y el sector sindical (SOESGYPE Y FOESGRA), manifiestan que han arribado a un acuerdo que comprende un período de seis meses, de abril a septiembre inclusive del año 2016, por el cual se incrementan los salarios de los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N° 371/03 conforme las escalas salariales que se acompañan.

1°) Se acuerda el siguiente incremento salarial a partir del mes de abril de 2016 y una sum fija no remunerativa de $740 para los meses de Julio y Agosto, incorporándose al básico a partir del 1° de septiembre de 2016, quedando los básicos de la siguiente manera:

A.- $13.083.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $13.823.00 para la categoría de Encargado de Turno.

B.- $12.680.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $13.420.00 para la categoría de Administrativo.

C.- $12.618.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $13.358.00 para la categoría de Op de Servicio.

D.- $12.376.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $13.116.00 para la categoría de Op de Playa.

E.- $11.862.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $12.602.00 para la categoría de Op Auxiliar.

F.- $12.242.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $12.983.00 para la categoría de Op Conductor.

G.- $12.177.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $12.917.00 para la categoría de Op Int y Anexos.

H.- $12.328.00 a partir del mes de Abril de 2016, más $740 no remunerativo para los meses de julio y agosto de 2016, quedando los básicos en el mes de septiembre de la siguiente manera: $13.068.00 para la categoría de Sereno.